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Unidad Educativa Fiscal Rita Lecumberri Actualización de datos



Educación asistida

Art. 2.- Causas para aplicar la opción educativa.- La "Educación en Casa" sólo se podrá aplicar cuando los niños que vayan a ser sujetos de esta opción educativa, cumplan uno o más de estos presupuestos:

a) Desarrollen actividades extra-curriculares en los campos: deportivo, cultural, social y académico, en las que inviertan un tiempo considerable que les impida cumplir con las exigencias de la modalidad presencial, y tenganlogros representativos a nivel zonal, nacional o internacional;

b) Estén en situación de migración sus padres de familia o representantes, por representaciones oficiales o ejecución de contratos o trabajos en país extranjero, y que esta situación haya generado un desfase del período lectivo en las escuelas nacionales; o desconozcan el idioma;

c) Sufran enfermedad física o psicológica, temporal o permanente, que requieran atención especializada, debidamente comprobada a través del certificado médico emitido por el Ministerio de Salud Pública o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), y que impida cumplir con el modelo educativo presencial; o,

d) Tengan imposibilidad de asistir al servicio educativo público, por estar éste ubicado en un lugar muy distante a su domicilio y no contar con medios de transporte.


Fuente:Acuerdo N°0067-13-A - Ministerio de Educación Ecuador